Publicado el 04 de jun. 2024
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Ya son 35 las empresas registradas para operar criptomonedas en Argentina

Ayer cerró el plazo de inscripción para el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales. La CNV confirmó que el registro seguirá abierto. Los detalles.

Ya son 35 las empresas registradas para operar criptomonedas en Argentina
Lo más importante
  • Finalizó el plazo de 45 días que la Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso para que todas las personas jurídicas e incluso físicas que operen de manera profesional con criptomonedas se inscriban en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.

  • Ya se registraron 35 empresas en el plazo estipulado que podrán operar sin inconvenientes como así también aquellas empresas que tienen su inscripción en curso. Desde la CNV confirmaron que el Registro seguirá abierto para nuevas solicitudes por tiempo indefinido.

  • Desde hoy, la CNV tiene facultades para enviar intimaciones a aquellas empresas que operen con criptoactivos en el país y que no se hayan registrado.

Tal como te venimos contando en Decentralike, ayer finalizó el plazo de 45 días que la Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso para que todas las personas jurídicas e incluso físicas que operen de manera profesional con criptomonedas se inscriban en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.

Recordemos que la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) dispuso la última reforma de la ley de prevención del lavado de dinero para cumplir con las recomendaciones del GAFI.

Según la información preliminar, ya se registraron 35 empresas en el plazo estipulado que podrán operar sin inconvenientes como así también aquellas empresas que tienen su inscripción en curso y desde la CNV confirmaron que el Registro seguirá abierto para nuevas solicitudes por tiempo indefinido.

Desde hoy, la CNV tiene facultades para enviar intimaciones a aquellas empresas que operen con criptoactivos en el país y que no se hayan registrado.

Vale recordar que la nueva reglamentación dispuesta por el ente regulador argentino establece que las empresas, personas o plataformas que no se inscriban debiendo hacerlo, “deberá abstenerse de realizar en el país cualquiera de las actividades u operaciones comprendidas” en la ley sancionada por el Senado. Es alcanza al intercambio de activos virtuales con monedas convencionales; activos virtuales entre sí; su transferencia, custodia o administración o, también, la provisión de servicios financieros vinculados a los activos virtuales.

Según la normativa, estarán exceptuados de registrarse quienes realicen las actividades anteriormente mencionadas por un monto menor a los 35.000 UVAs en el mes calendario, que hoy equivale a casi 35 millones de pesos.

Tanto la CNV como el resto de la industria cripto, consideran que la creación de este Registro es un primer paso para avanzar hacia un regulación más precisa y analistas entienden que próximamente podría generarse una consulta pública para dictar una resolución general que precise otras disposiciones.

De hecho, algunos medios anticipan que "no se descarta que se les exija a las empresas un patrimonio neto mínimo para operar, que existan cuentas segregadas para que el dinero de los clientes no esté mezclado con el de la empresa, que haya la obligatoriedad de contar con alguna presencia formal en el país para poder operar, entre otras disposiciones".

Las principales plataformas que operan criptomonedas en Argentina, ya venían manifestándose a favor de una reglamentación para que la actividad tenga mayor previsibilidad para funcionar.

En este sentido, para la Cámara Argentina Fintech, “el establecimiento de un marco normativo adecuado, inteligente y flexible con la evolución de la tecnología y que, al mismo tiempo, preserve la seguridad de los usuarios, es de gran ayuda para este proceso”.

Asimismo, advirtieron que dada la naturaleza de los activos virtuales, “un exceso de regulación o de carga fiscal podría implicar la paradoja de una mayor informalidad y la tendencia a operar hacia exchanges no registrados/desregulados, contrariando los objetivos pregonados por la normativa”.

Desde la Cámara también promovieron “un nuevo marco tributario que ponga en igualdad de condiciones a los activos virtuales custodiados por PSAV registrados con otros activos financieros regulados por CNV, en tres impuestos nacionales: Ganancias, Bienes Personales y el impuesto a los Débitos y Créditos”.

¿Cuáles son las empresas que ya se registraron?

Hasta este lunes, había 35 personas jurídicas que completaron el trámite de inscripción y las informaciones confirman que ninguna persona física lo había hecho, aunque sí hubo una decena de operadores que habían iniciado el registro.

De esta forma, las empresas que ya forman parte del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales son las siguientes:

1 Arex Activos Digitales S.A. (Arex)

2 BCrypto S.A. (BCrypto)

3 Billete Argentina S.R.L.

4 Fintech S.A (Satoshi Tango)

5 Liquid Arg S.A.S. (Solidus Capital)

6 PayEx S.R.L. (PayEx)

7 Plus Fintech S.A. (Plus Crypto)

8 Cobon OTC SA (Decrypto)

9 Vita Digital S.R.L. (Vita Wallet)

10 PMSA Capitales SA (PM Capitales)

11 Miactivo S.A.

12 Beehive Soft SAS

13 Koibanx El Salvador S.A. de C.V.

14 Cocos Crypto SA

15 Lirium AG

16 The Reserve SA

17 Digital Prime System Limited S.A. de C.V. (Xcoex)

18 Mar Exchange S.A.

19 Selmiro S.A.U.

20 AMG Capital Group S.A.

21 Sixalime SAS (Tienda Crypto)

22 VitualPays SAU (Cryptanz)

23 FWOTC S.A. (Fiwind)

24 Alerce Argentina S.R.L.

25 Intrapolar S.A. (Pozitiva)

26 Administration Group SAS

27 Naluso S.A. (Kriptonmarket)

28 Transfero Pagamentos S.A. (Transfero)

29 Settle Arg SAS (Latamex)

30 Galactic Holdings Inc

31 Gresham S.A.U.

32 Della Foresta Sociedad Anónima

33 Kulipa S.R.L.

34 Mi Saldo S.R.L.

35 Triple W S.R.L. (Argenbtc)

Ante este panorama, en Decentralike dialogamos con el analista Tony Buet de Cyber Emprendedor, quien nos brindó su mirada sobre cómo avanza e impacta en las exchanges la regulación en Argentina.

Al respecto, consideró que "lo primero que debemos tener en cuenta es que la regulación intercede sobre la empresa que brinda el servicio a los usuarios para comprar USDT/USDC con ARS. La Comisión Nacional de Valores primero regula a las exchanges por presuntas maniobras de lavado dinero, entre otras operaciones ilícitas."

En este sentido, remarcó que "en el momento que regula, la CNV accede a información sobre los usuarios con el objetivo, según dicen oficialmente, de evitar el lavado de dinero, cuyos datos terminan desembocando en las bases de datos de AFIP que no dudará en cobrar impuestos o sancionar a los usuarios finales."

"Si una plataforma le brinda servicio directo mediante el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), significa que ya está regulado. En mi canal de YouTube pudimos analizar quiénes son las empresas cripto que brindan servicios directos en Argentina (Binance, Ripio, rampas como Latamex, Satoshitango, etc.). En resumen todo el que ofrezca la compra/venta directa de ARS con activos virtuales," explicó Tony.

Agregó que "luego están las plataformas P2P o de intercambio directo entre usuarios. Sin billetera/wallet (ellos no te guardan el dinero) no habría demasiados inconvenientes porque no están otorgando un servicio directo, sino que simplemente te conecta con otra persona de manera directa. Hasta ahora, esto no sería alcanzado por la regulación como, por ejemplo, Saldo, Paydece, Syklo, entre otras."

Es cierto que muchos de los usuarios de Binance, se preguntarán: ¿Qué sucederá con mi cuenta ya que Binance me ofrece P2P y solo hago uso de ese servicio?

Según nos compartió Tony Buet, "esto también estaría exento, pero hay que tener en cuenta que en la misma plataforma ofrecen el intercambio directo de ARS; entonces, ante esta controversia, no descarto que toda la plataforma Binance sea regulada y es por ello que el exchange más grande de mundo podría cortar sus operaciones en Argentina."

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