Publicado el 18 de jul. 2024
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La Ciudad de Buenos Aires da una buena señal a la industria cripto

Una nueva resolución de la Inspección General de Justicia permite que las empresas en Buenos Aires reciban aportes sociales directamente en criptomonedas.

La Ciudad de Buenos Aires da una buena señal a la industria cripto
Lo más importante
  • La Inspección General de Justicia (IGJ) de la Ciudad de Buenos Aires emitió la Resolución General N° 15 la cual establece un nuevo procedimiento y requisitos para que las empresas bajo su órbita puedan recibir aportes sociales en “activos virtuales y criptomonedas”.

  • La normativa también determina algunos requisitos que deberán cumplir los aportes sociales en activos virtuales. Uno de ellos establece que los activos tendrán que ser depositados en un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado ante la Comisión Nacional de Valores, y con domicilio en Argentina. No se podrán utilizar exchanges extranjeros ni wallets de autocustodia.

Después de 180 días de trabajo, la Inspección General de Justicia (IGJ) de la Ciudad de Buenos Aires sancionó la Resolución General N° 15 la cual establece un nuevo procedimiento y requisitos para que las empresas bajo su órbita puedan recibir aportes sociales en “activos virtuales y criptomonedas”.

En su introducción, el texto de la normativa indica que “atento al desarrollo que presentan en nuestro tiempo las nuevas tecnologías aplicadas al desarrollo de proyectos y emprendimientos de naturaleza empresaria, como es el caso del blockchain […] se incorpora dentro de la nueva normativa la posibilidad de integrar aportes en la constitución de la sociedad y en los aumentos de capital de la misma, consistentes en activos virtuales y criptomonedas…”.

En este sentido, el comunicado de la IGJ también ratifica que "se admiten los aportes de activos digitales y criptomonedas a las sociedades."

Asimismo, la resolución define a las monedas virtuales como una “representación digital de valor que se puede comercializar y/o transferir digitalmente y utilizar para pagos o inversiones”.

A su vez, determina ciertos requisitos que deberán cumplir los aportes sociales en activos virtuales y uno de ellos tiene que ver con que los activos tendrán que ser depositados en un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), y con domicilio en Argentina. Es decir, no se podrán utilizar exchanges extranjeros ni wallets de autocustodia.

Además, se deberá especificar la clase, cantidad y valor asignado a los activos virtuales aportados, y acreditar que el socio aportante es el verdadero titular de dichos activos.

También deberán demostrar el valor de los activos virtuales aportados a través una certificación contable en la que se estime el valor de plaza a la fecha de constitución de la sociedad.

Lo cierto es que esta nueva Resolución de la Inspección General de Justicia de Buenos Aires ofrece claridad sobre la posibilidad de realizar aportes societarios en activos virtuales y se espera que se multipliquen las empresas que reciban este tipo de aportes, ya que muchos inversores poseen gran parte de su capital en este tipo de activos.

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