Publicado el 14 de abr. 2025
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Fin del cepo: ¿qué va a pasar con las compras en el exterior?

La medida se pone en marcha desde este lunes y establece un cambio estructural en las condiciones de acceso al dólar oficial.

Fin del cepo: ¿qué va a pasar con las compras en el exterior?
Lo más importante
  • Desde este lunes, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) elimina el cepo al dólar para las personas humanas y pone en marcha el nuevo esquema de banda cambiaria, cuyos límites se moverán al 1% mensual, entre $1.000 y $1.400.

  • La medida fue anunciada en el marco del nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por USD 20.000 millones, de los cuales llegarán de inmediato USD 12.000 millones según comunicó el BCRA.

  • No habrá más límite de USD 200 para comprar dólar oficial y se eliminaron todas las restricciones para quienes cuenten con asistencias gubernamentales recibidas durante la pandemia, subsidios, el empleo público y otros.

  • Las únicas dos excepciones que todavía pagan 30% extra, según el comunicado oficial, será en los casos de turismo en el exterior (pasajes, hoteles, servicios turísticos) y gastos con tarjeta de crédito fuera del país.

Tal como te contamos en Decentralike, el Ministerio de Economía y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunciaron este viernes el fin del cepo cambiario para personas humanas, en el marco del inicio de la Fase 3 del programa económico iniciado en diciembre de 2023.

La medida se pone en marcha desde este lunes y establece un cambio estructural en las condiciones de acceso al dólar oficial y modifica las reglas vigentes para el ahorro, las compras de divisas, el pago con tarjeta y el uso del mercado libre de cambios (MLC).

De igual manera, seguirán vigente trabas cambiarias. El cambio es de principal relevancia para las personas humanas.

A partir de hoy, las personas físicas van a poder comprar dólares para atesoramiento sin tope mensual, sin las restricciones que existían hasta ahora y sin las condiciones que vinculaban el acceso al tipo de cambio oficial con otras situaciones personales.

  • Desaparece el límite de USD 200 mensuales para la compra de dólares en bancos o casas de cambio.

  • El punto 1,1 de la norma dice que la operación debe curse en efectivo no debe superar los USD 100 dólares por mes calendario, con lo cual de hecho para las transacciones en efectivo el cupo se reduce a la mitad.

  • En caso de que el cliente “utilice efectivo en moneda local” deberá suministrar al banco “una declaración jurada” en la que conste que se cumple con el requisito mencionado precedentemente”.

  • Ya no rige la prohibición para beneficiarios de subsidios, asistentes a programas sociales o empleados públicos.

  • No se aplican más las restricciones cruzadas que impedían operar en el MULC (Mercado Único y Libre de Cambios) si se había comprado dólar MEP o contado con liquidación (CCL) en los 90 días anteriores.

  • Se elimina la percepción impositiva sobre la compra de moneda extranjera, excepto en dos casos.

Cabe remarcar que las únicas dos excepciones que todavía pagan 30% extra, según el comunicado oficial, será en los casos de turismo en el exterior (pasajes, hoteles, servicios turísticos) y gastos con tarjeta de crédito fuera del país.

ARCA seguirá cobrando esa percepción solamente para estas dos situaciones.

De este modo, la compra de dólares para atesoramiento, inversión o transferencia no tendrá impuestos adicionales, pero los consumos relacionados con turismo seguirán teniendo un recargo.

Este esquema permite que el tipo de cambio oficial mayorista fluctúe libremente dentro de una franja que va de $1.000 a $1.400 por dólar, con una actualización mensual del 1% en cada extremo.

Para el caso de compras con tarjeta en el exterior o consumos turísticos, el tipo de cambio aplicable no será sólo el oficial. A ese valor, habrá que sumarle la percepción impositiva mencionada en el documento.

Por lo tanto, el esquema para esos casos será: Precio final en pesos = Precio del dólar oficial del día + Percepción impositiva (30%).

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