Publicado el 26 de mar. 2024
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Argentina: las empresas cripto tienen 40 días para inscribirse en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales

La Comisión Nacional de Valores oficializó la resolución que establece la creación de un registro de proveedores para las empresas cripto que operan en Argentina. La regulación avanza a paso firme en el país.

Argentina: las empresas cripto tienen 40 días para inscribirse en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
Lo más importante
  • La Comisión Nacional de Valores de Argentina publicó ayer la resolución donde crea el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y se establece a la CNV como el ente rector de las actividades con activos virtuales.

  • Las empresas cripto y otros PSAV tienen 45 días a partir del 22 de marzo de 2024 para inscribirse en dicho registro.

  • Quienes no estén registrados, no podrán operar en el país.

Tal como te venimos contando en Decentralike, en Argentina avanza a paso firme la regulación cripto por parte del gobierno nacional.

Es que la Comisión Nacional de Valores publicó ayer la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), mediante la RG N° 994 que ya está en el Boletín Oficial. Desde este lunes, "los interesados deberán ingresar los datos personales requeridos para poder operar en el mercado".

Según informó la CNV "la reglamentación tiene por finalidad identificar a las personas humanas y jurídicas que proveen en el país servicios relativos a criptoactivos, actividad definida en el artículo 4° Bis de la Ley 25.246. Asimismo, se da cumplimiento a la Recomendación 15 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la reciente aprobación de la Ley N° 27.739 que reforma la Ley N° 25.246 de Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva".

Al respecto, el presidente de la CNV, Roberto Silva, expresó que tuvieron que “trabajar a contrarreloj para avanzar en el cumplimiento de la Ley N° 25.246 que reforma el Sistema Normativo Nacional de Prevención en Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y presentar hoy -por ayer- la creación del registro PSAV antes de que finalice la visita del GAFI al país y teniendo en cuenta su recomendación sobre el tema”.

En este sentido, destacó que “damos inicio al proceso de registro de proveedores de servicios de activos virtuales. Quienes no estén registrados, no podrán operar en el país”.

La RG N° 994 señala que, "a los fines de solicitar su registro, los interesados deberán ingresar en el sitio web del organismo para brindar la información y documentación allí requerida".

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Vale mencionar que el registro "comprende a todos quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direccionando su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la República Argentina, que tengan un cierto volumen de operaciones en el país o que utilicen cualquier tipo de tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo".

Esta nueva normativa marca el inicio del ejercicio de las facultades otorgadas a la CNV por la Ley N° 27.739 que fue aprobada en el Senado de la Nación, el pasado 14 de marzo; esta ley reforma la Ley N° 25.246 de Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, sancionada en el año 2000.

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